2 Respuesta
La pregunta es un poco indefinida, le voy a responder suponiendo que dicha protectora sea una sociedad limitada. En este caso el hecho de que Vd. sea socio no le otorga más derechos que los reconocidos por la ley, y cualquier accion debe hacerla conforme a la Ley de sociedades limitadas o anónimas., como el pedir responsabilidades, cuentas, etc…- Para que me entienda le pongo el ejemplo de que vd. sea accionista de un banco, ello no le da derecho a entrar en la sucursal, a manejar la caja, a pedir datos de clientes, etc….Normalmente los socios son capitalistas, es decir aportan dinero, pero nada más, tiene derecho a beneficios, etc, pero no a derecho a trabajar en la sociedad. Otro supuesto es que fuera socio mayoritario y pudiera destituir a la presidenta. Normalmente los socios de asociaciones no tienen más derechos que los propios de participar en las juntas, votar, etc, aunque a veces ser socio da derecho a disfrutar de los locales y actividades, si ese fuera su supuesto, antes de prohibirle la entrada tendrían que habrirle un expediente y vd. tiene el derecho a defenderse, y si se da el supuesto acudir a los tribunales
— SANGRA ADVOCATS