quiero llevar a mi madre a una residencia y como pago dar ( su casa) el bien inmueble. La casa es proindiviso 50% de mi madre y 50% de mi padre fallecido. Somos 3 hermanos (herederos legítimos) y mi madre me ha hecho heredero universal. Mi pregunta es si puedo dar el bien inmueble habiendo herencia legítima x el fallecimiento de mi padre, y que problemas me puedo encontrar
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Buenos días:En primer lugar, el 50% de su madre estando ella en vida y no incapacitada no habría problema, el otro 50% es donde entra la parte de sus hermanos y Vd que son dueños en principio proindiviso. Para hacer lo que Vd dice puede darse varias operaciones y ver cual es la mas barata desde el punto de vista Fiscal. Lee sugiero que me llame o concierte una vista a nuestro Bufete para darla una respuesta más clara al asunto.Un saludo
— Enrique González León