BUENOS DIAS!!!MI MADRE A FALLECIDO HACE 3 MESES,MI PADRE ESTA SALIENDO CON OTRA PERSONA A LA CUAL QUIERE METER EN LA CASA QUE COMPRA EN SU MOMENTO ON MI MADRE Y LA CUAL ESTA A NOMBRE DE LOS DOS.MI MADRE NO DEJA TESTAMENTO CON LO CUAL COMPLICA MAS LAS COSAS.NOS HAN COMENTADO QUE PARA EL OBTENEER TOTAL DOMINIO DE LA CASA,ANTES DEBE PASARLA A SU NOMBRE Y HACER UN TESTAMENTO,PERO PARA ELLO TIENE UN PLAZO DE 6 MESES SI NO LO HACE NOSOTRAS SUS HIJAS OBTENEMOS MAS DERECHOS Y EL YA NO PODRIA REALIZAR NINGUN MOVIMIENTO CON LA CASA SIN NUESTRO CONSENTIMIENTO.Y QUERIAMOS SABER SI TODO ELLO ES VERDADERO.GRACIAS
3 Respuesta
Estimada cliente:Si su madre no dejo testamento, deben acudir al procedimiento de declaración de herederos para que sea el juez quien determine quienes son los herederos y determine también los derechos de cada heredero en la herencia.Si la vivienda fue comprada a medias por sus padres y con el régimen económico de gananciales, la mitad de la vivienda corresponde a su padre. y la otra mitad a su madre. Será esta parte la que se determine como se reparte entre los herederos por el juez.Estoy a su entera disposición para cualquier aclaración o ampliación de la consulta. Asimismo, puede ponerse en contacto conmigo por si decide, sin compromiso alguno, exponerme su caso.
— El Albero Abogados
En relación a los bienes que tuviera su madre deben proceder a realizar la escritura de partición hereditaria en la que con base al inventario de bienes que tuviera su madre, se realiza el reparto de su herencia. Si no existe testamento realizado por su madre el paso previo es realizar un acta notarial de declaración de herederos para lo cual deben aportar documentación que acredite que son los familiares más allegados a su madre. Una vez realizada la declaración de herederos, para hacer la partición de la herencia se debe tener en cuenta que los bienes gananciales corresponden a ambos cónyuges, por lo que si únicamente existe una vivienda la misma habría de ser adjudicada en un cincuenta por ciento indiviso a su padre, y el otro cincuenta por ciento integraría los bienes a partir por herencia de su madre. En cuanto al cincuenta por ciento que correspondiera a su madre, al viudo (su padre) le corresponde por ley el usufructo de una tercera parte, y a los herederos forzosos (los hijos) les corresponde en plena propiedad dos tercios y un tercio de nuda propiedad (que se corresponde con el tercio que a su padre le pertenece en usufructo). Si no llegan a un acuerdo para hacer escritura notarial de partición de herencia habría que iniciar un procedimiento judicial, pero no es aconsejable pues los gastos pueden ser de importancia en comparación con los bienes que tenía su madre. Una vez realizada la escritura de partición si la vivienda queda en proindiviso, se regirá por las normas de la comunidad de bienes pudiendo ser utilizada por los copropietarios, siendo importante tener en cuenta que cualquiera de los propietarios podría solicitar la disolución del proindiviso. Ciertamente todo ello puede resultar un poco complejo. Si precisa aclaraciones adicionales puede contactar con nuestro despacho. Un cordial saludo.
— ABOGADOS Y ASESORES ESQUITINO TRIVES Y BERENGUER S.L.P.
Estimada Señora: Indicarle que si hay voluntad entre todos los que por Ley ( marido e hijos) que se solucione amistosamente deberán acudir a notaria para su tramite, si hay problemas, entonces habrá que acudir al Juzgado. Podemos realizar y gestionarle ambas vías. Pero indicarle que si estaban casados en régimen de gananciales y no hay testamento la Ley establece que la mitad de las propiedades son para cada uno de los esposos, como por ejemplo el piso que comenta, y ustedes como hijas herederan solo la mitad correspondiente a su madre con la limitacion del reconocimiento de un usufructo viudal a favor de su padre. Para cualquier duda o aclaracion contactenos por favor en el 96205.19.13 y 685243778.SaludosLuisa Gutierrez JesusAbogada
— LUIURIS ABOGADOS, ASESORIA JURIDICA, GESTORIA