Buenas, mi empresa nos ha metido en un ERE temporal, que está pendiente de aceptación por parte del juzgado. El ERE es de 12 meses, con un periodo de afectación de 182 días prorrogable hasta 365 días. La empresa dice que no nos despide, por que espera que nos reenganchemos en el trabajo antes de que finalice este período, y mientras que cobremos el paro (aunque todo es para ahorrarse las indemnizaciones y finiquito por los despidos). El problema es que yo solo tengo 3 meses acumulados de paro, con lo cual no creo que me interese aceptar el ERE, ya que no creo que nos reincorporemos antes de este tiempo. Podría negarme a aceptar el ERE y solicitar el despido, con la consiguiente indemnización?. Cuando podría hacer esto, en los 15 días de negociaciones que se dan una vez que el juzgado acepte el ERE? .Actualmente nos encontramos en casa, con vacaciones retribuidas, concedidas por la empresa (y así llevo casi dos meses).
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Buenos días, aunque nos falta algo de información para dar una respuesta más fundada, por lo que leo, la empresa ha propuesto un expediente de suspensión. Efectivamente con ésto lo que se consigue es enviar a desempleo a los empleados, en tanto en cuanto se intenta solventar una situación delicada.A priori, no se si la empresa dará opción en el proceso de negociaciones si podrá optar por la rescisión, pero habitualmente no suele ser un opción, es obligatorio si la empresa te incluye en las suspensión del contrato.Si quisiera más información, no dudes en contactar con nosotros.www.aolconsultores.esMónica Lancha.Asesoroa Jurídico-Laboral.
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