Mi padre me dejo con 6 meses, mi madre nunca recibió ningún dinero, ahora mi padre a fallecido y el testamento lo a echo hace 5 años, ni a mi madre ni a mi hermana ni a mi nos ha dejado nada, el piso que tenia se lo ha dejado a mi sobrina menor de edad y el dinero se lo a dejado a su prima segunda.Puedo reclamar la paga de mi padre que nunca hemos recibido mi hermana y jo?A mas a mas, en la lectura del testamento jo, hija menor desheredada quieren prescindir de mi presencia. Que puedo hacer??
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Buenas tardes, La obligación de alimentos se puede solicitar desde el momento que se reclaman y se extingue entre otros casos por la muerte del obligado, por lo que, según me comentas no se podría reclamar pensión de alimentos. En el caso de la legítima, el código civil de Catalunya determina que son causas de desheredación entre ellas la ausencia manifiesta y continuada de la relación familiar entre el causante i el legitimario, por causa exclusivamente imputable al legitimario. Se podría impugnar el testamento por falta de causa, pues debe probarse que existe un distanciamiento y que este es imputable al legitimario. Si tiene cualquier otra duda puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono 622 36 37 27.Saludos, Bartolin Advocatswww.bartolinadvocats.comCalle Enric Granados, 18 Granollers (Centre de negocis GREG)
— Bartolin Advocats
En principio, y a salvo de ver ese testamento, tu hermana y tú tenéis derecho a la legítima de vuestro padre, que es el 25% del importe de la herencia. Si no os desheredado expresamente, habrá que ver el contenido de ese testamento. La pensión alimenticia impagada podría reclamarla sólo tu madre, por los últimos 5 años, con cargo a la herencia, siempre que tú y tu hermana continúes siendo dependientes económicamente dependientes. No nos dices la edad que tenéis por lo que no puedo responder tu consulta. Concierta una visita con un abogado para que te pueda dar un opinión fundamentada sobre este asunto. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Usted y su hermana serían legitimarias por un 25% del valor de la herencia, si no se encuentran desheredadas expresamente, y en caso de que lo esten, se tendría que fundamentar en una causa justa dicha desheredación. Además la «ausiencia manifiesta de relación familiar» para ser valida como causa de desheredación debe debe de ser exclusivamente imputable al desherededado. Efectivamente, su madre dispondria de 5 años para reclamar las cantidades adeudadas si continua siendo económicamente dependiente. Si necesita mayor asesoramiento, puede contactar conmigo: Jordi Calvo, abogado Gran Vía Corts Catalanes 594, 6º-2ª, Barcelona tel: 686898917
— ACCUO ASSESSORS & ADVOCATS
Buenos dias:Salvo en los casos que el Codi Civil de catlunya establece todo hijo tiene derechoa la legitima, que es un 25 5 del total de bienes de la herencia, en todo caso habria que estudiar el testamento, para ver si en el mismo se esrablece la causa de deshederedacion.Para cualquier consulta mi despacho se encuentra en C/ Bailen 113 1º 2ª de Barcelona y el tef 934575700
— BARROSO I SORIANO ABOGADOS
Reclamad la legitima y con el libro de familia o partida de nacimiento demostrad que es vuestro padre y que por lo tanto sois legitimarias y debeis estar en la lectura del testamento.Para mas información:Gracia Garcia MatuteTlfno: 931285874Movil: 620434718C/Salmeron 73-75, local 08222 Terrassa (BCN)
— Bufete García Matute