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Habría que examinar si la patria potestad es compartida o no (independientemente de quien de los dos tiene la guarda). En caso de que sea compartida habría que contar con la aceptación del otro progenitor. Si se opone, puede pedirse al juez el permiso, quien siempre decidirá en beneficio del interés del menor.Si quiere concertar una visita, le atenderemos en el teléfono 972 20 79 11.Atentamente,Jaume Rovira (Abogado)
— Rovira & Vila Advocats
Para llevarte a tu hijo a otro país, necesitas la autorización de tu ex, ya que ese cambio de domicilio afecta al régimen de visitas. Si tu ex no quiere autorizarlo, tendrás que solicitar autorización judicial para ello y modificación del régimen de visitas. Es importante saber también la edad del niño y su opinión al respecto. Si lo deseas, puedes contactar conmigo para ampliar la información. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano