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Buenas tardes, Efectivamente, al ser despedido está en situación legal de desempleo, por lo tanto, si tiene las cotizaciones mínimas que le exigen puede acceder al cobro de la prestación por desempleo.Si necesita que revisemos su carta de despido, porque el despido pueda ser considerado improcedente y le corresponda el pago de la indemnización que estipula ley, póngase en contacto con nosotros:www.aolconsultores.es91.345.76.04.Mónica Lancha.
— AOL CONSULTORES LEGALES
Claro que le corresponde pero lo más importante es estudiar si puede impugnar su despido y para ello debe tener presente que solamente tiene un plazo de 20 días. Si lo desea podemos estudiar su caso y facilitarle presupuesto sin compromiso. Puede llamarnos al 911517113www.ldcabogados.com
— Larrotcha y Del Campo Abogados
Buenas tardes. Tratándose de un despido disciplinario, si has cotizado el período mínimo para cobrar la prestación por desempleo, tienes derecho al mismo. Te recuerdo que tienes 20 días para impugnar el despido, si consideras que es injusto. Si quieres que estudiemos tu documentación, no dudes en contactar conmigo. Cristina 683 383 374. Un cordial saludo.
— VELA ABOGADOS
Comparto todo lo que dicen mis compañeros que me preceden.También comparto plenamente lo que señalan, en el sentido de que, al igual que el derecho a percibir el desempleo, también se debe cuidar el aspecto de ver si corresponde algún tipo de indemnización por despido improcedente, ya que la práctica nos dice que la gran mayoría de los despidos en España a día de hoy revisten este carácter.Quedamos a su entera disposición en www.lariosabogados.es para que nos pida presupuesto sin compromiso.Un cordial saludo
— Larios Abogados