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Hay que sabe si esa cláusula estaba en el contrato que firmaste y cual era su contraprestación. Si es una imposición nueva, no la aceptes y se es necesario recurre tu despido en Magistratura. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Hola, quizás ya haya solventado el asunto.En cualquier caso se debe observar el contrato de trabajo y demás documentación de la extinción del mismo. Emitir un dictamen sin dicha documentación es especulativo.Referir que este tipo de clausulas, sí pueden acarrear responsabilidad, si bien se debe a estar a cada caso para resolver si dicha clausula se ajusta a derecho o no.Si conviene en profundizar al respecto solicite una cita en despacho en el teléfono 689253139 o bien por correo electrónico.Att. Ana Belén Meije
— Despacho borrado 1539728455x0de1
Buenas tardes,Esa cláusula podría haberse recogido en su contrato como una condición de exclusividad. No obstante, jamás estaría sometida a la entrega de la documentación necesaria para solicitar la prestación de desempleo.Para mayor ahondamiento en el asunto, no dude en contactarnos.Atentamente,www.estradoabogados.com988 375 716
— ESTRADO ABOGADOS