En una denuncia penal, presentada en el juzgado de instruccion, por impago de pension de alimentos (mas de un año consecutivo) y abandono de familia (mas de un año sin contacto alguno con los menores). Si el demandado no estuviese en su domicilio legal señalado en la sentencia, o no fuese posible hallarlo. Que ocurre? Se archiva por paradero desconocido? Se realiza un juicio y sentencia por edictos. Cual es el proceso? Y que puedo hacer?. Gracias
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Estimado/a consultante,En el caso de interponer denuncia o demanda, el desconocimiento del domicilio del demandado no puede ser obstáculo para entablar acciones, más si, como en su caso, conoce a esa persona y sabe su nombre completo y DNI. Para el caso de que no hubiera domicilio conocido, existe la opción de solicitar que se lleven a cabo las averiguaciones oportunas por parte del Juzgado, por medio de oficios o a través de lo que se conoce como punto neutro judicial. En otro caso, también contempla el art. 164 Lec la posibilidad de notificar por edictos. En cualquier caso, si ha contratado abogado para el inicio de las acciones que comenta, confíe en el compañero. De no haber contratado abogado, nuestro bufete queda a su entera disposición para cuanto necesite, pudiendo contactarnos en www.lariosabogados.esReciba un cordial saludo y suerte.
— Larios Abogados