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Estoy apunto de comprarme una vivienda de protección oficial de segunda mano en la Comunidad Valenciana.El impuesto que hay es de un 10% pero tiene bonificaciones.Dos de los motivos de bonificación al 8% son estos:- En la adquisición de viviendas de protección pública de régimen general (incluidos los garajes y anexos que se adquieran conjuntamente), siempre que la vivienda constituya o vaya a constituir la primera vivienda habitual del adquirente, y la adquisición se efectúe en documento público o se formalice de este modo dentro del plazo de declaración del impuesto.- En la adquisición de la vivienda que vaya a constituir la primera vivienda habitual de jóvenes menores de 35 años (incluidos los garajes y anexos que se adquieran conjuntamente), siempre que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del IRPF del sujeto pasivo correspondiente al período impositivo inmediato anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha del devengo, no exceda, de 25.000 euros, en tributación individual, o de 40.000 euros, en tributación conjunta, y la adquisición se efectúe en documento público o se formalice de este modo dentro del plazo de declaración del impuesto.Dicho esto,-La vivienda es de protección oficial, del año 2002.-Mi declaración de la renta del 2018 (que es la última que tengo) me salió inferior a 20000€, el pasado año 2019 tuve de base superior a 25000€. Y el actual previsiblemente 21000.Sabiendo eso, ¿tendría que pagar el 10% o el 8% bonificado?Muchas gracias.Fuente del texto legal:https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16