Mi consulta es la siguiente: Llevo 7 años con un procedimiento acerca de una herencia que me reclaman. Elevé el asunto hasta el tribunal Supremo y una vez dictada sentencia estoy condenada a costas a parte de haber perdido. Aun la parte contraria no ha puesto la ultima demanada de ejecución, queriendo en este momento llegar a un acuerdo. En el acuerdo y por la cantidad que ofrecen, es mucho menor que sus pretensiones en un principio y me dicen que con eso se eliminarian las costas del tribunal supremo y de todos los procedimientos anteriores. Creo que esto no puede ser así puesto que a mi entender si se está condenada a costas en el supremo, esas hay que abonarlas independientemente en que se llegue a un acuerdo de costas a abogados y procuradores de la parte contraria. Necesito asesoramiento. Muchas gracias. un saludo
3 Respuesta
Muy buenas tardes. Con referencia a la consulta que planteas, relativa a la condena en costas, comentarte que si necesitas cualquier tipo de asesoramiento legal al respecto puedes ponerte en contacto con nuestro Despacho Profesional.Puedes consultar nuestra dirección en nuestra web www. mmconsultoresmadrid.es, y si lo estimas conveniente, ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono o bien a través de e-mail con el objeto de concertar una primera consulta totalmente gratuita.Gracias y un saludo.
— MMconsultores
Buenas noches:Si han llegado a un acuerdo, lo que tienen que hacer es un escrito al T. Supremo homologando dicho acuerdo donde se diga que en el mismo se incluyen ya las costas por satisfechas, escrito firmado por los abogados, procuradores y las partes, tenga en cuanta que las costas son de la parte y es disponible civilmente por las partes. De este modo, si tienen dicho acuerdo antes mencionado, impedirán una posterior ejecución de las mismas.Un saludo
— Enrique González León
Estimado cliente: La condena en costas sirve para cubrir los gastos procesales de los profesionales de la parte contraria ( abogado y procurador) dicho de una forma sencilla. Si Usted no paga la cantidad impuesta, deberá la otra parte instar la ejecución de la sentencia, para poder reclamar dichas costas. Nuestro consejo es que hable con su Letrado, quien le llevo la demanda ante el Supremo o pídale la Sentencia que le condena en costas, y llámenos para pedirnos una cita sin compromiso . Atendemos con cita previa de L a V de 09:00 a 20:00. Trayendo toda la documentación relativa a su procedimiento. Un cordial saludo,Letrada Colegiada 61.555Carlota Vives
— VIVES DEL RÍO, ABOGADOS.