Buenos días,Una entidad de recobros me reclama el pago de una deuda contraída con otra de créditos, que en su día no pude atender.Antes de contactar con ellos y tratar de llegar a un acuerdo de pagos aplazados, observo ahora con estupor que el contrato inicial con la empresa de créditos, no recuerdo si formalizado telefónicamente o por vía telemática, figura un capital de 2.465 que es la cantidad que solicité y la que recibí mediante transferencia, más 3.969,83 de comisión, a pagar en 3 años.Por tanto lo que me reclama la empresa de recobros son 6.651,15 + intereses corrientes.¿No parece abusiva esta cantidad que citan como «comisión»? Agradecería su consejo antes de hablar con la empresa de recobrosMuchas gracias y reciban un cordial saludo
1 Respuesta
no acepte otra cantidad que la que le prestaron, seguramente los intereses de demora que se le aplican son abusivos, y comisiones igualmente. Incluso pudiera ser que la deuda estuviera prescrita. Pida además la autorización de la entidad de recobros respecto al titular del crédito y no pague en una cuenta que no sea del titular y siempre cuando consta que contra dicho pago se le otorga el saldo y finiquito de la deuda. Para cualquier consulta puede dirigirse a nosotros jordiabogado@yahoo.es
— SANGRA ADVOCATS