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Le indico que con independencia de su nacionalidad, tipo de contrato y antigüedad en la empresa, tiene derecho legal a disfrutar de días de permiso en el trabajo por causa de matrimonio, si lo comunica y acredita con antelación. Este derecho no admite discusión. En caso de ser denegado, como parece ser el caso, se puede acudir a los Juzgados de lo Social para que se condene a la empresa a disfrutar de dichos días retribuidos.
— BUFETE LUIS MOLINA