Llevo trabajando en una empresa 17 años. Ahora se declararán en quiebra y cerrarán todas sus delegaciones. Según ellos liquidarán todo su stock hasta mediados de mayo y que Fogasa se encargará de pagarnos salarios e indemnización.Es legal que dejen de pagar los salarios desde que se declaren en quiebra hasta que cierren su actividad económica?A qué tengo derecho en caso de cierre por quiebra?Puedo pedir una excedencia de tres meses para evitar trabajar sin cobrar?
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Buenas tardes,Este tipo de consultas es mejor realizarlas mediante visita personal para poder aclarar todas las dudas.Adelantarle que la indemnización que corresponde por causas objetivas es de 20 días por año trabajado. El FOGASA se hace cargo de salarios e indemnizaciones hasta un tope que viene fijado por la Ley. Con la antigüedad que usted tiene seguramente sobrepasa dicho tope por lo que únicamente cobraría las cantidades establecidas como tal.En su situación le aconsejo que realice una visita ya que puede realizar alguna acción antes de que se cierre definitivamente la empresa.Si está interesado en ampliar la información, póngase en contacto conmigo al tf. 618 474 075.Saludos
— MC Advocades