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Buenas tardes,Por supuesto que podría darse de alta sin problemas, además, al encontrarse en situación de pluriactividad, si cumple los requisitos exigidos en la normativa tendría derecho a importantes bonificaciones en su cuota de autónoma. En cuanto a si tendría derecho a cobrar el paro ante un posible despido de su trabajo por cuenta ajena, indicarle que La regla general es que si se es despedido del trabajo por cuenta ajena y se mantiene el trabajo por cuenta propia, no se puede pedir la prestación por desempleo, ya que no se está desempleado si no que se es autónomo. La compatibilización que existe actualmente entre el paro y ser autónomo se da cuando primero se está cobrando el paro y luego se quiere iniciar una actividad como autónomo.Las cotizaciones que el trabajador acumula como autónomo no se utilizan ni se cuentan a la hora de pedir el paro, ya que como autónomo no se cotiza por desempleo. Existe el llamado paro de los autónomos, o prestación por cese de actividad, que es de suscripción voluntaria y tiene unas reglas de cotización y prestación distintas de las del paro general.No obstante, Si el trabajador antes de ser despedido en su trabajo por cuenta ajena, se da de baja en autónomos, podría acceder a las ayudas por desempleo como el resto de trabajadores, ya que en el momento de perder el trabajo no estaría en situación de pluriactividad.Si la situación es que el trabajador cesa como autónomo (por ejemplo porque le va mal en su negocio) y sigue como asalariado por cuenta ajena, no podrá solicitar el paro de los autónomos, es decir, la prestación por cese de actividad a la que antes nos referimos, ya que éste es incompatible con estar dado de alta en la Seguridad Social.Si necesita ayuda no dude en contactar con nuestro despacho en info@vypconsultingtax.es o en el 91.178.82.81Un saludo y mucha suerte!!!
— ASESORÍA MONTSERRAT