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Estimada consultante: El salario base transitorio a 31/12/2014 ya no debería existir pues este concepto servía para ajustar el salario base en el momento de publicación del convenio de notarias (12/08/2010) al que realmente rige desde 01/01/2015. Se recogió en el art. 19.3 que dice textualmente: 1. Con el fin de facilitar en el plazo de 4 años la armonización gradual de las distintas tablas salariales de los convenios territoriales (actualmente aplicadas en las distintas zonas del ámbito territorial del presente Convenio), se estable una Tabla Salarial Objetivo a alcanzar a 31 de diciembre de 2014 que se adjunta como Anexo 1 al mismo (Salario Base Objetivo). Asimismo se establecen salarios base transitorios aplicables durante cada año de vigencia para alcanzar el salario base objetivo. Los salarios base indicados en la Tabla Salarial (tanto los transitorios como el salario base objetivo) se actualizarán cada año conforme al IPC real del año anterior (a modo de ejemplos: antes de aplicar la tabla con efectos de 1-1-2011, se aplicará a la misma el IPC del año 2010; antes de aplicar el salario base transitorio a 1-1-2014 y el salario base objetivo con efectos 31-12-2014, se aplicará a los mismos el IPC 2013).por tanto lo que deben cotizar por ti es el salario objetivo del convenio de notarías del año 2014 actualizado con el ipc del 2015 y el del 2016 y cuando llegue el del 2007 también este.Para cualquier consulta no dudes en contactar con el despacho. BUFETE AMOROS S.LP. C/APARICI I GUIJARRO, 4 DE VALENCIA 46003. Pregunta por Mariluz Iglesias. La primera consulta es gratuita y después realizamos descuentos hasta del 40% sobre honorarios profesionales.
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