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Buenos días,Las SL tributan por Impuesto de Sociedades.Son los autónomos (personas físicas) los que dependiendo de su actividad y nivel de facturación podrán tributar por estimación directa, estimación directa simplificada o estimación objetiva; pero las empresas (personas jurídicas) no , las SL tributan por ISSu empresa, deberá presentar sus declaraciones de iva (trimestral o mensual según el caso), el IS (en principio anual, y luego posibles pagos fraccionados dependiendo del resultado), además de, en su caso, las correspondientes declaraciones de retenciones (111, 115, 123, etc) y sus resúmenes anuales, si las realiza, la declaración de operaciones intracomunitarias, y, la declaración anual de operaciones con terceros si corresponde por volumen de cada proveedor y / o clienteTodo ello, con su contabilidad ajustada al PGC. Además deberá legalizar los libros y presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil, anualmente.Le recomendamos se ponga en manos de un experto para el perfecto cumplimiento de sus obligaciones legales, contables y fiscales. Si lo desea puede contactar con nuestro despacho en www.asesoriamontserrat.esReciba un cordial saludo
— ASESORÍA MONTSERRAT