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Buenos días,La aceptación o renuncia de una herencia se hace por la herencia completa (no se puede renunciar a sólo una parte de ella, salvo que parte sea legado).Sí puede donar estas viviendas, pero se trata de una nueva transmisión , también sujeta a tributación, es decir, se tributa por la herencia por el impuesto de sucesiones (y «plusvalía municipal») y posteriormente por la donación.Si necesita nuestra ayuda puede contactarnos.Quedo a su disposición,Marina (Abogada de Madrid).
— de Bem Abogados