Buenos días,Mi consulta es la siguiente, soy madre de dos niñas de 7 años y estoy divorciada hace 5 años. La custodia de las niñas la tengo yo y la potestad ambos. El padre de mis hijas se volvió a casar con una mujer que tiene dos hijas mayores de edad. Nosotras vivimos en Madrid y él en Murcia. Él es funcionario y hace un par de años ascendió (yo no solicité ningún aumento en la pensión de alimentos, tampoco sé si correspondería) ahora ha solicitado una vacante que salió en Italia y se la han concedido (en verano se hace efectiva y es para tres años mínimo porque lo normal cuando vas al extranjero es ir enganchando una con otra,en principio) él aún no me lo ha comunicado). Mi pregunta es ya que allí se cobran unas dietas muy importantes (podría averiguar cuanto pero mínimo 6000 euros de dietas y aparte el sueldo, tirando por lo bajo), a mis hijas les correspondería una parte proporcional de eso o no. Actualmente les pasa 450 euros al mes (incluido absolutamente todo).Gracias
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Buenas tardes, Podría plantearse una modificación de medidas en cuanto a la pensión de alimentos (aumento de la misma), al haber existido un cambio sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de decretar la misma. Teniendo en cuenta que el se va a ir a trabajar al extranjero, y la comunicación puede resultar infructuosa, podría solicitar también un cambio en la patria potestad, para que está sea ejercida solo por usted, de esta manera no se encontraría con impedimentos para tomar cualquier decisión sobre el día a día de sus hijas. Si lo desea , puede ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de poder ayudarla. GARCIA MUÑOZ ABOGADOS garciamunozabogados@gmail.com91 873 52 04Prestamos asesoramiento en Alcalá de Henares y en el Corredor del Henares. Reciba un cordial saludo
— GARCÍA MUÑOZ ABOGADOS
Buenas tardes.Deberíamos estudiar las condiciones en que se firmó el convenio de divorcio, en su día, puesto que pueden existir causas que justifiquen la modificación de las medidas, no solo en cuanto a la pensión de alimentos a sus hijas, sino también, y creo que es importante, en cuanto al ejercicio de la patria potestad, ya que se puede encontrar con dificultades para cualquier problema que pueda surgir referente a sus hijas, ya que la patria potestad es compartida, y si su exmarido no se encuentra en España, no va a poder prestar su consentimiento, todo ello con independencia de que no va a cumplir el régimen de visitas, por lo que le aconsejo que lleve a cabo una modificación de medidas, si puede de mutuo acuerdo, y si no puede, contenciosa.Si desea cualquier aclaración pongase en contacto en el correo tpadros@padrosabogados.com o en el teléfono 686980857.Un cordial saludo
— Sergio Padrós Gómez