En noviembre del dos mil quince falleció mi esposo, en Barcelona- España, sin dejar testamento. Hacía 14 años que vivía en dicha provincia. Era ciudadano búlgaro, con nacionalidad española desde el dos mil doce. Tenemos propiedades en Bulgaria y España. Mis preguntas son:1.-Se abre sucesión de todas las propiedades ( en forma conjunta) en uno de estos países, o se abre en cada país por separado.2,-Se acepta o se rechaza la herencia en su totalidad o por país, es decir, podría un heredero por ejemplo, aceptar la herencia de España y rechazar la de Bulgaria?Les saludo muy atte, quedando a la espera de su amable respuesta.