Buenos dias. Soy Español, resido y trabajo en Qatar y quisiera firmar un contrato de representacion con una empresa española para traerla aqui a trabajar con algunos proyectos y cobrar por la representacion que voy a realizar aqui de su empresa. Mi pregunta es: puedo firmar un contrato que tenga como jurisdicción la española por si hubiera algun problema acudir a los tribunales españoles? Y si es asi, tendria que pagar algun impuesto en España? Yo no pago IRPF porque mis ingresos proceden completamente de Qatar. Los servicios se realizarian en Qatar pero la empresa es española. Por otra parte, que tipo de contrato me recomienda firmar? Muchas gracias, un saludo
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Buenos días,En los contratos de prestación de servicios donde cada una de las partes contratantes reside en diferentes países, es muy habitual que se pacte expresamente tanto la legislación como el fuero aplicable. Evidentemente lo habitual es que si las partes pactan expresamente que la legislación aplicable al contrato sea la española, también se sometan a los tribunales españoles en caso de que surjan controversias, si bien tampoco es infrecuente establecer una cláusula de arbitraje.Respecto a la redacción del contrato, le sugiero que se ponga en contacto con un abogado.Un saludo y quedamos a su disposición.VICENTE & MATANZAvym@vicenteymatanza.comC/ Constitución 5, 2º C(47001) Valladolid
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores