buenos días soy el propietario de una vivienda en alquiler ,en el contrato figura como medio de pago, ingreso en una cuenta bancaria, pero el inquilino me dijo despues que el pagaba en metálico, le hice lo recibos y me comenta que el no firma nada que el me paga y no necesita nada Mi pregunta es en caso de impago yo como propietario necesito dichos recibos o solo es el inquilino el que tiene que demostrar dicho pago y al propietario le es suficiente una carta con la deuda pendiente gracias agradeceria presuepuesto en caso de impago
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Buenos días, En caso de impago, sería el inquilino el que debería demostrar que ha realizado los pagos correspondientes, usted solo debería aportar con su demanda los recibos impagados o cualquier documento que justifique el impago. Previamente a la demanda, podrá así mismo, iniciar reclamación extrajudicial por medio de burofax, puede que el inquilino pague y no tenga que iniciar el correspondiente proceso judicial, Si lo desea estamos a su disposición para poder ayudarle. Reciba un cordial saludo GARCIA MUÑOZ ABOGADOS Telf. 91 873 52 04Email: garciamunozabogados@gmail.com
— GARCÍA MUÑOZ ABOGADOS