Buenos días. ¿Cuándo comienza el plazo para que el Consejo de Estado emita su informe en relación a una reclamación patrimonial? – Desde que el organismo contra el que se dirigió la reclamación previa reenvía el expediente al Ministerio para que este lo remita al Consejo de Estado? – Desde que el Consejo de Estado recibe el expediente. Muchas gracias de nuevo. Un saludo.