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Buenas tardes:Si la causa del despido es la no superación del periodo de prueba, han de abonarle los días trabajadados hasta el día 18, a lo sumo el art 40.10. del convenio colectivo de hostelería de la provincia de Valladolid, establece como falta leve» Faltar un día al trabajo sin la debida autorización o causa justificada, siempre que de esta ausencia no se deriven graves perjuicios en la prestación del servicio. «, se le podría haber sancionado como una falta leve según el art 42 de dicho convenio, con :1. Amonestación 2. Suspensión de empleo y sueldo hasta dos días .No obstante se le debería haber notificado por escrito dicha sanción, cosa que al parecer su empresa no ha realizado, por ello han de abonarle las cantidades que le deben, hasta el día 18, en caso contrario, puede ud. realizar una reclamación de cantidad (para el que dispone de un año), primero mediante concliación previa y posteriormente por demanda ante la jurisdicción social.Espero haber servido de ayuda, sin más, aprovecho para mandarle atentos saludos.Yolanda Mosteiro VelascoAbogada colegiada nº 3221 ICAV
— JSJ ABOGADOS
muchas gracias por su respuesta la verdad si me ha servido de ayuda mañana voy a poner una denuncia me gustaria saber como serian los tramites una vez sea interpuesta la denuncia cuando les llegaria a la otra parte y de mas la verdad no me habia pasado nunca. la denuncia seria en la policia? gracias otra vez
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Buenos días. Ha de interponer una «papeleta de conciliación», en el servicio de mediación y arbitraje de Valladolid, esto es calle Santuario Nº 6,allí le darán cita para el acto de conciliación y en caso de no comparecer la empresa o si no hay acuerdo, ha deinterponer demanda ante los juzgados de laboral en Valladolid.Si lo desea pídanos cita para poder realizar estos trámites. Sin más, saludos cordiales
— JSJ ABOGADOS