Mis abuelos maternos no han testado y de 4 hijos que han tenido constante matrimonio solo viven 2, uno de los cuales es mi madre.Mi abuelo se ha muerto hace unos 2 años y la intención de mi abuela es dejar casi todo a los hijos de uno de los hermanos de mi madre ya fallecido ( 2 casas y dinero).También poseen una nave cuya intención es testarla en favor de uno de los hijos supervivientes (que no es mi madre).Me gustaría saber si mi madre y mis primos ( hijos del otro hijo fallecido y tampoco incluídos en la herencia )podrían reclamar la legítima una vez fallezca mi abuela y de ser el caso en qué proporción le correspondería su parte en la masa hereditaria.Gracias de antemano. Un saludo. Andrés.
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Estimado Sr.:Lo primero sería hacer una declaración de herederos, hay que tener en consicderación si los hijos fallecidos de su abuelo tenían o no descendencia; luego haty que efectuar la liquidación de la sociedad de gananciales entre su abuelo y su abuela. Al no haber testamento de su abuelo, la partte de éste se divide al igual entre los hijos, si alguno ha fallecido con descendencvia, estos hijos ocupan el lugar del fallecido. Su abuela puede disponer de su parte por testamento respetando las legítimasQuedo a su disposición.Santiago Nogueira GandáseguiAbogadogaju_nogue@yahoo.es
— Santiago Nogueira Gandásegui
Buenos días:En la herencia de tu abuelo lo que le corresponde a los herederos es a partes iguales, ya que no dejó testamento.En cuanto a tu abuela, si no os deja la legítima, podréis reclamarla: el 25% del valor de los bienes de toda la herencia de tu abuela repartido entre el número de hijos.Lógicamente, si no llega a este valor lo que os deja a vosotros podréis reclamarla cuando fallezca.Saludos,BEGOÑA SABORIDO ABOGADOSC/ Arzobispo Lago, nº1-2ºAVilagarcía de ArousaPONTEVEDRATfno:986506996Móvil: 626 972204
— BEGOÑA SABORIDO