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En primer lugar te agradezco la confianza depositada.Ante todo deberíamos saber si hay intención de llegar a un acuerdo entre ambos progenitores para así poder firmar un convenio regulador.En caso contrario deberás poner una demanda e instar aquello que decidas solicitar como la patria potestad (normalmente es compartida), la guarda y custodia, una pensión de alimentos, una pensión compensatoria, la vivienda , entre otros pedimentos que puedes realizar. Por ello, te animo a que conciertes una cita y acudas un día al despacho para así hablar y explicarte el abanico de posibilidades que tienes ante esta situación.Recibe un cordial saludo.
— Alicia
Buenos días,Podríamos iniciar varias vías. Lo ideal es siempre intentar la consensuada (acuerdo entre las partes y que el mismo se homologue por el Juez). De este modo en escasos 3 meses puedes tener la situación regulada judicialmente.Se puede plantear el que la menor no pernocte con el padre hasta que deje de ser lactante o un poco más mayor. De hecho, bastantes jueces suelen tender también a esta interpretación.La manutención depende de los ingresos de los progenitores y las necesidades del hijo.Si tiene más dudas y decidiera iniciar los trámites o un mayor asesoramiento con la documentación pertinente, no dude en dirigirse a nuestro despacho. Saludos
— Sara Gómez Abogados
Hola. Lo ideal es interponer una demanda de Guarda y Custodia, que puede ser de mutuo acuerdo o no. En dicho procedimiento, se valorara con quién debe vivir el menor, cuándo lo puede visitar el otro, dónde debe vivir y cuánto debe pagar el que no vive con él para su manutención.Yo te recomendaría que salieras del domicilio si no tienes intención de quedarte en él o si tienes otra vivienda en la que hospedarte con la niña.El tema de la lactancia podría evitar que la niña pernoctara con su padre temporalmente, pero dado que ya tiene dos años, es más difícil que con una menor de 6 meses por ejemplo.El importe de la pensión se fija en virtud de los ingresos de los padres y de las necesidades de la menor.
— CRISTINA CAFFARO FONT ABOGADA