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Los que estipulen contractualmente, además de la plusvalía que la suele pagar el vendedor. Dependiendo del posible incremento patrimonial tendrá que tributar por IRPF.Un saludoSi necesita ampliar información puede ponerse en contacto con nosotros:952 609 375info@gracianiasesores.comwww.gracianiasesores.com
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