He alquilado una finca con vivienda y negocio . En el contrato se especifica el conjunto de edificaciones detalladas tanto en uso como en metros. Vivienda, hotel, caballerizas…El inquilino sin avisar ha hecho una caballeriza de obra (con cimientos) de unos 100 metros cuadrados sin pedirme permiso a mi ni al ayuntamiento.En el contrato si bien queda claramente especificado el conjunto de lo arrendado no pone expresamente que se prohibe hacer ningun tipo de obra.Puedo rescindir el contrato por este motivo?
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Buenos días, Considero que esa caballeriza le pertenecerá a Vd. y quedará de su propiedad cuando termine el arrendamiento. Sí que podría ser causa de rescisión del contrato el realizar obras inconsentidas. No obstante, para contestarle con un mínimo de rigor jurídico, necesitaría disponer de copia del contrato para estudiar y analizar todas las estipulaciones. Tengo despacho en Zaragoza, Av. Goya 49, 6º B. Si lo desea, puede solicitar una entrevista llamando al 629.900.717 o mediante el correo guillenlloveria@reicaz.com a fin de tratar el asunto en profundidad. La primera consulta es gratuita.Saludos cordiales.
— Miguel Guillén Llovería
Es imprescindible conocer tres cuestiones, una el propio contenido del contrato; dos, el objeto para el que se destinaba el inmueble o inmuebles objeto del arrendamiento; y, tres la magnitud de la obra efectivamente ejecutada por el inquilino.Una vez ello se podría valorar el ejercicio de una acción de resolución contractual o descartarla.Por tanto imposible presupuestar.J. C. Urcola, Espartero 1, Zaragoza.976 201436
— JUAN CARLOS URCOLA RUIZ
En contestación a su consulta le informamos que un incumplimiento contractual es motivo de resolución.No obstante, para determinar la existencia o no de dicho incumplimiento necesitaríamos que nos entregue una copia del contrato de arrendamiento a fin de estudiar su contenido.Puede solicitarnos una primera consulta gratuita llamando al 976 35 28 73 o bien remitiendonos un e-mail a alizano@reicaz.comUn saludo,
— Abogado Ana Lizano
Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
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