Hola, queremos vender el piso de mi padre, que tiene 90 años, ya que el está en una residencia y el piso está a su nombre ( mi madre falleció hace un año ). Quería preguntarles……1- Si mi padre por tener más de 65 años, la venta del piso no computaría como incremento de patrimonio, pero…. podría donarnoslo a sus tres hijas? En vez de tener que utilizar ese dinero como una pensión vitalicia?. Si pudiera donarnos el piso, tendríamos nosotros incremento de patrimonio o al ser una donación en vida no tendríamos nada más que pagar el 1%.Me gustaría saber si podría pagarles online y hacerles más consultas.Un saludo y muchas gracias.
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Buenos días, os puede donar el piso en vida perfectamente, pero deberán de pagar el impuesto de sucesiones. Si le parece oportuno puede contactar con nuestro despacho y le resolveremos las dudas que le vayan ocasionando.Le remito mis datos:Cristina Amor Barrado.Tel: 634742711.Reciba un cordial saludo, quedamos a la espera de sus noticias.
— Abogados Ortega y Gasset
Buenas tardes,Su padre les puede donar el inmueble a ustedes sin ningún problema. En ese caso, los donatarios (ustedes) tendrán que abonar el 1% de la cuota del impuesto que correspondiera, es decir, no pagan el 1% del inmueble, sino el 1% de la cuota tributaria «normal».Además, y en este supuesto, deberían abonar ustedes como donatarios la cantidad correspondiente a la plusvalía municipal.Si tiene más dudas o desea que le hagamos un estudio sobre las cantidades que tendrían que abonar en caso de donación, no dude en ponerse en contacto con nosotros. No habría problemas en efectuar pagos online.Un saludo.Juan VicenteVicente & Matanza Asesores y Consultoresvym@vicenteymatanza.com
— VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores
Buenos días, Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene. No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación. Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas): tlf. 645 958 948Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.Atentamente, Mercedes de Parada RodríguezAbogadaSocia del despacho LETRADOXwww.Letradox.com
— LETRADOX