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Buenas tardesEl procedimiento monitorio es ya un procedimiento judicialSi no se opone en el plazo de 20 de días desde su recepción, se pasará al despacho de ejecución y por tanto al embargo de bienesSi tiene motivos para oponerse, debe realizarlo en ese plazo, y sino los tiene, y es un problema de solvencia, intentar alcanzar un acuerdo.Quedamos a su disposición para lo que considere oportuno,Un cordial saludoABG2 abogados
— ABG2abogados
Estimado consultante,Si ha sido demandado ya mediante una demanda de monitorio, hay que actuar lo antes posible. Si no se hace nada, podrán ejecutarle sus bienes hasta cubrir la deuda (sea cierta o no la cantidad que le reclaman, sea justa o esté inflada, etc).Mi recomendación es, como hacemos en todos estos caso, que nos opongamos a la demanda de monitorio y, con ello, ya se gana bastante tiempo (entre 6 y 12 meses) y luego ya, cuando se acerque el juicio, negociar si no hay mecanismos de defensa (pero con bastantes meses ganados) o pelearlo hasta el final si lo que se le reclama no es justo o, aún siendo justo, si hay motivo para salvarse.Le invito a que nos contacte en el 951 71 50 41 o en abogadoslarios@gmail.com y le atenderemos personalmente y sin compromiso.Un cordial saludo.www.lariosabogados.es
— Larios Abogados