Mi marido es extranjero, cuando compramos nuestros bienes (piso, coche…) él no tenia papeles legales por lo cual todo está a mi nombre… ahora el quiere el divorcio, me quedaran todas las deudas a mí? tenemos un hijo de 8 años que me recomiendan?Vivimos en Barcelonael tiene los papeles regulados gracias a que se casó conmigo
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Sin conocer tu situación concreta, es imposible aconsejarte. En principio, si los bienes son tuyos, la deudas son tuyas también. Si tenéis un niño, lo fundamental en vuestro divorcio es regular todo lo relacionado con vuestro hijo: custodia, vivienda, pensión y visitas. Contrata a un abogado que te aconseje en esta situación. Un saludo,Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.Visita mi web: www.cmontijano.com
— Cristina Montijano
Hay que ver exactamente cuando se cambió la titularidad del bien, que deudas son y de dónde nacen para determinar quien deberá hacerse cargo de las mismas.En principio si está a su nombre y no se acredita de que el participó en la compra de dichos bienes, a priori y sin ver documento alguno, si que es usted la deudora.la recomendación es que se ponga en manos de un abogado para que pueda asesorarla.Mi dirección de correo es bcarando@garciallopabogados.comun saludo
— Beatriz Carando Vicente
Lo mejor es regular su situación cuanto antes. Se tendrá que mirar si ustedes están casados en régimen de separación de bienes o gananciales. Si estuvieran casados en régimen de separación de bienes, los bienes y deudas si están a su nombre serán de su titularidad. Si estuviera interesada en que le revisemos la documentación, puede pedir cita al 933176644. www.ptabogados.com
— Perez Tormo Abogados
En primer lugar, debo decirte que no dispongo de los datos concretos para asesorarte con exactitud. Pero a grandes rasgos, en cuanto al régimen económico que tengáis, si estáis bajo el de separación de bienes, las deudas contraídas en ejercicio de la potestad doméstica (gastos matrimonio y familia; vivienda, mantenimiento, alimentos hijos), serán deudas de ambos. Fuera de estas obligaciones, cada cónyuge será responsable de las obligaciones contraídas.Para todo ello, dichos extremos se regularán en el procedimiento correspondiente, en dónde se fijarán las obligaciones que dimanarán de cada supuesto concreto.
— Despacho profesional